Sanciones contra personas que hagan grafitis en lugares no autorizados

Los espacios públicos de la ciudad deben mantenerse limpios, libres de manchas de grafitis, que dañan la imagen del Distrito Metropolitano. Las personas que realizan estas actividades deberán cumplir con las sanciones que dispone la Ordenanza Metropolitana No. 0332 y que se refiere a una multa del  50% de la  Remuneración Básica Unificada Mensual (RBUM).

Según la normativa municipal serán sancionadas las personas que atenten contra la mampostería o bienes que constituyen espacio público o privado, y forman parte del mobiliario urbano, perpetrando sobre ellos rayados, pintas, graffitis, ubicación de afiches en zonas no autorizadas y similares a través de toda expresión escrita de cualquier naturaleza, realizadas con cualquier tipo de spray, brocha, pincel y pinturas, o con cualquier otro elemento de similares características, con la finalidad de preservar el ambiente.

Se consideran rayados, pintas, graffitis y similares, no controlados como elementos no arquitectónicos que alteran la estética y la imagen del paisaje urbano y que además generan sobre estimulación visual agresiva, invasiva y simultánea sobre el ciudadano común.

La infracción flagrante son los rayados, pintas, grafitis y similares que se está cometiendo o acaba de cometerse y el infractor es sorprendido en el hecho por algún funcionario competente para la inspección del tema, es decir, que forme parte de la Agencia Metropolitana de Control.

Si por cualquier naturaleza es imposible identificar al infractor, la autoridad ambiental tomará las previsiones del caso para asegurar el cumplimiento de esta norma. Además del pago de la multa que dependerá del lugar u objeto afectado, a los infractores se les decomisará el material utilizado y se les impondrá la sanción pecuniaria descrita, debiendo además, obligatoriamente, reparar los daños causados y restablecerlos al estado en que se encontraban.

Las personas que se dedican a realizar graffitis deberán tomar en cuenta que en caso de reincidencia de las infracciones previstas, la sanción será duplicada en relación a la inmediata anterior que le hubiere sido impuesta al infractor.

Para incidir en el interés del infractor por la preservación del medio ambiente, los recursos naturales y el paisaje la autoridad ambiental impondrá la sanción de trabajo comunitario en materias ambientales, a través de su vinculación temporal en alguno de los programas, proyectos y/o actividades que el Municipio de Quito tenga en curso directamente o en convenio con otras autoridades. Esta medida sólo podrá remplazar las multas cuando los recursos económicos del infractor lo requieran, pero podrá ser una medida complementaria en todos los casos.

Si el infractor no puede cancelar la multa se cambiará la aplicación de trabajo comunitario en el ámbito territorial del Distrito. Quedan excluidas de la prohibición las actividades que se realicen dentro del ámbito del fomento de expresiones artísticas alternativas, siempre que cuenten con autorización municipal expresa, estableciéndose las condiciones y requisitos a los que habrá de ajustarse la actuación autorizada. Cuando se trate de murales en inmuebles privados, para la concesión municipal se requerirá la previa autorización del propietario del inmueble.

Emaseo EP limpia los grafitis

A través de la gestión operativa, la Empresa Metropolitana de Aseo (Emaseo EP), desarrolla tareas de limpieza de grafitis colocados en edificios patrimoniales, postes, puentes, señalética pública, estaciones de autobús, fachadas de colegios y escuelas públicas, etc.

Dos camiones tipo canter con un sistema de hidrolavado a presión, usando solventes amigables con el ambiente, aplicando técnicas requeridas para intervenir el metal o el cemento utilizando además brochas, espátulas, rodillos y escobas, son las herramientas que utiliza el equipo de Emaseo para dejar el espacio público libre de grafitis.

Seis gestores de urbanidad entre operadores de maquinaria y ayudantes provistos de equipos de seguridad industrial como mascarillas, guantes, botas y ropa impermeable, son parte de la indumentaria que se requiere para cumplir con la gestión de desmanchar el espacio público.

 

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