Declaración de patente municipal, en línea y sin recargos

Quito, 10 octubre (Quito Informa).- El pago de la patente municipal es anual e incluye a todas las personas que ejerzan actividades económicas por más de seis meses dentro de la jurisdicción del Distrito Metropolitano de Quito. Estas responsabilidades tributarias cuentan con beneficios o exenciones para artesanos calificados, adultos mayores y/o sociedades sin fines de lucro.

Sin embargo, estas personas también están obligadas a cumplir con la declaración en línea, dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente, pues no hacerlo, acarrea multas y recargos que pueden evitarse, y varían dependiendo de su tipo de personería como los naturales obligados y no obligados a llevar contabilidad y las personas jurídicas.

En la inscripción se genera el número de RAET y clave, con los cuales, el ciudadano podrá acceder al sistema de declaración en línea Patente y 1.5 por mil, ubicado en la dirección https://pam.quito.gob.ec de acuerdo a los siguientes plazos:

según el último dígito de su cédula de ciudadanía Para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad Si el noveno dígito del RUC es: Fecha de vencimiento Personas Jurídicas y Personas Naturales Obligadas a llevar Contabilidad
1 10 de mayo 1 10 de junio
2 12 de mayo 2 12 de junio
3 14 de mayo 3 14 de junio
4 16 de mayo 4 16 de junio
5 18 de mayo 5 18 de junio
6 20 de mayo 6 20 de junio
7 22 de mayo 7 22 de junio
8 24 de mayo 8 24 de junio
9 26 de mayo 9 26 de junio
0 28 de mayo 0 28 de junio

 

Las personas naturales que no están obligadas a llevar contabilidad deben hacer su declaración, máximo hasta mayo, tomando en cuenta el último dígito de su cédula, es decir si termina en 1 (170567785-1), deberán hacerlo hasta el 10 de mayo; si termina en 2, debe hacerlo el 12; si termina en 3, lo hará el 14 y así sucesivamente hasta el 28 de mayo.

Las personas jurídicas o naturales que están obligadas a llevar contabilidad deben hacer su declaración, máximo hasta junio, tomando en cuenta el noveno dígito de su RUC; es decir, si el noveno dígito es 1 (1705677812001), lo deberá hacer el 10 de junio; si el noveno dígito termina en 2, debe hacerlo el 12; si termina en 3, lo hará el 14 y así sucesivamente hasta el 28 de junio.

Por parte de la Dirección Metropolitana Tributaria, Marcelo Ernesto Hidalgo, Jefe del Departamento de Rentas Municipales sostiene que “la declaración del Impuesto de la Patente es un proceso totalmente en línea y que en el portal de servicios municipales https://pam.quito.gob.ec,  se cuenta con una “GUÍA PROCESO DE PATENTE EN LÍNEA” en la cual se detalla el paso a paso a seguir por los ciudadanos”.

El GAD del Distrito Metropolitano de Quito presta asesoramiento personalizado a través de Quito bot, con el cual los ciudadanos pueden interactuar y hacer todo tipo de consultas, en la línea de contact center municipal 1800 510 510 o 101 en la opción 6, el portal de servicios municipales https://pam.quito.gob.ec,  a través de Quito bot que le derivará a los canales de atención disponibles correo electrónico, WhatsApp (02)3952311, en redes sociales @Sciudadanosuio y video llamada.

Scroll al inicio
Skip to content