Quito (Quito Informa). –Las personas naturales y jurídicas obligadas a llevar contabilidad deben presentar la declaración de la Patente Municipal y del impuesto del 1.5 por mil en junio. El plazo de presentación depende del noveno dígito del RUC de cada contribuyente.
Hasta la fecha, se han registrado 19.948 declaraciones anticipadas de contribuyentes obligados a llevar contabilidad, lo que evidencia que el sistema ha permanecido habilitado y operativo para la recepción de declaraciones durante todo el período.
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Cuando la fecha de vencimiento coincide con un fin de semana o un día de descanso obligatorio, el plazo se traslada automáticamente al siguiente día hábil. Por ejemplo, quienes debían declarar el sábado 20 de junio podrán hacerlo hasta el lunes 22 de junio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Código Tributario.
Dato importante
Recuerde que la Patente Municipal y el impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales son tributos distintos. Por esta razón, en 2026, cada impuesto cuenta con una declaración independiente y una gestión tributaria separada.
Este mismo mes, el Municipio de Quito modernizó el proceso de declaración y eliminó la clave exclusiva para la Patente Municipal. Estas son las fechas de acuerdo al noveno dígito del RUC:
- 1: 10 de junio
- 2: 12 de junio
- 3: 14 de junio
- 4: 16 de junio
- 5: 18 de junio
- 6: 20 de junio
- 7: 22 de junio
- 8: 24 de junio
- 9: 26 de junio
- 0: 30 de junio
Los contribuyentes que presenten su declaración fuera del plazo establecido deberán asumir las sanciones previstas en la normativa vigente. Evite multas e intereses por mora tributaria. El artículo 1542 del Código Municipal establece una multa equivalente al 3% por cada mes o fracción de mes de retraso sobre el impuesto causado, tanto para la Patente Municipal como para el impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales. Los intereses por mora tributaria se generan al siguiente al vencimiento de la obligación, por lo que se recomienda realizar la declaración dentro de las fechas establecidas para evitar costos adicionales.
Diana Arias, directora Metropolitana Tributaria, indicó que “la declaración en línea de los contribuyentes obligados a llevar contabilidad se realiza accediendo a: https://servicios.quito.gob.ec, en el Portal Tributario donde también puede realizar todos sus trámites tributarios en línea”.
Recuerde que, para información adicional, ponemos a disposición nuestros canales de atención oficiales, como contact center municipal, 1800 510 510, portal de servicios https://servicios.quito.gob.ec/, Quito Bot, correo electrónico serviciosciudadanos@quito.gob.ec o por video llamada en el siguiente enlace: https://servicios.quito.gob.ec/PAM/PSM/asesoria_virtual.aspx



